Las donaciones realizadas a la Universidad de Granada (investigación, formación, eventos…) pueden dar lugar a importantes desgravaciones fiscales (35% al 80% de lo donado). (Ley 49/2002 de Mecenazgo)
Para que las desgravaciones se produzcan es necesario que la Gerencia de la Universidad de Granada lo comunique a la Agencia Tributaria en enero de cada año. De ahí que se solicite a los donantes (empresas o particulares) que nos faciliten sus datos fiscales.
En el caso de las donaciones on-line realizadas con tarjeta bancaria, el mecenas ya cumplimenta sus datos en el formulario correspondiente; en el caso de ingresos por transferencia bancaria, se deben seguir las siguientes instrucciones:
1 – Pida el justificante del ingreso bancario
2 – Descargue y rellene el siguiente formulario: DESCARGAR
3 – Envíenos la ficha cumplimentada y el justificante bancario:
Por correo electrónico: mecenazgo@ugr.es
Por correo postal: Dirección Técnica de Proyección Social, Patrocinio y Mecenazgo, Universidad de Granada, Gran Vía de Colón, 48, D404, 18071 Granada
4 – Recibirá en su cuenta de correo electrónico el justificante del ingreso. La Universidad se ocupará de hacer la oportuna comunicación a la Agencia Tributaria